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Guías Prácticas
9 min

Guía Completa: Cómo Facturar como Autónomo en España en 2026

Todo lo que necesitas saber para facturar correctamente como autónomo en España: requisitos legales, tipos de factura, IVA, IRPF y plazos.

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Guía Completa: Cómo Facturar como Autónomo en España en 2026

Puntos clave

  • Toda factura debe incluir 12 datos obligatorios según la normativa española vigente
  • El tipo de retención de IRPF varía: 15% general, 7% para nuevos autónomos durante los primeros 3 años
  • Con Verifactu en el horizonte, digitalizar tu facturación ahora te ahorrará problemas futuros

Facturar como autónomo en España puede parecer un laberinto de modelos, tipos impositivos y plazos. La realidad es que, una vez conoces las reglas del juego, el proceso es mecánico. El problema no es la complejidad en sí, sino que nadie te lo explica todo junto, en un solo sitio y en lenguaje humano.

Esta guía cubre todo lo que necesitas: desde los requisitos previos para poder emitir tu primera factura hasta los plazos trimestrales que no puedes olvidar, pasando por los 12 datos obligatorios que toda factura debe incluir. Si estás empezando como autónomo o llevas tiempo pero nunca tuviste claro al 100% cómo funciona, aquí vas a encontrar las respuestas.

Antes de facturar: requisitos previos

Antes de emitir tu primera factura hay tres trámites obligatorios. No son opcionales y el orden importa.

Alta en Hacienda (modelo 036/037)

El primer paso es comunicar a la Agencia Tributaria que vas a iniciar una actividad económica. Esto se hace mediante el modelo 036 (declaración censal completa) o el 037 (declaración censal simplificada, válida para la mayoría de autónomos).

En este trámite eliges tu epígrafe del IAE (Impuesto de Actividades Económicas), que determina el tipo de actividad que vas a desarrollar. También indicas el régimen de IVA que te corresponde y la estimación de ingresos.

El alta en Hacienda se puede hacer online con certificado digital o Cl@ve, o presencialmente en cualquier oficina de la AEAT. Es gratuita y el efecto es inmediato.

Alta en la Seguridad Social (RETA)

Una vez dado de alta en Hacienda, debes inscribirte en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Desde 2023, la cuota de autónomos funciona por tramos de rendimientos netos reales, lo que significa que pagas en función de lo que ganas.

Para los primeros meses existe la tarifa plana de 80 euros mensuales, que se mantiene durante los primeros 12 meses y puede extenderse hasta 24 si tus rendimientos netos no superan el salario mínimo interprofesional.

El alta se tramita a través del portal Import@ss de la Seguridad Social o de forma presencial.

Elegir tu epígrafe IAE

El epígrafe IAE clasifica tu actividad económica. Hay dos grandes grupos: actividades profesionales (sección segunda) y actividades empresariales (sección primera). La distinción es importante porque afecta directamente a si tus clientes deben retenerte IRPF en sus pagos.

Si eres profesional (consultor, diseñador, programador, abogado, arquitecto), tus clientes empresarios están obligados a aplicar retención de IRPF en las facturas que te pagan. Si eres empresarial (comercio, hostelería, construcción), normalmente no aplica retención.

Emitir facturas antes de estar dado de alta en Hacienda y la Seguridad Social puede conllevar sanciones. El alta debe ser previa o, como máximo, simultánea al inicio de la actividad. No esperes a tener tu primer cliente para tramitarla.

Los 12 datos obligatorios de una factura

La normativa española de facturación (Real Decreto 1619/2012) establece los datos que toda factura completa debe contener. Omitir cualquiera de ellos puede invalidar la factura a efectos fiscales.

    • Numero de factura (correlativo, sin saltos)
    • Serie de factura (si utilizas varias series)
    • Fecha de expedicion de la factura
    • Datos del emisor: nombre completo o razon social y NIF
    • Datos del receptor: nombre completo o razon social y NIF
    • Descripcion detallada de los servicios o productos
    • Base imponible (importe antes de impuestos)
    • Tipo de IVA aplicado (porcentaje)
    • Cuota de IVA (importe resultante)
    • Retencion de IRPF, si procede (porcentaje e importe)
    • Importe total de la factura
    • Fecha de la operacion, si es diferente a la fecha de expedicion

La numeración merece mención aparte. Las facturas deben seguir un orden correlativo dentro de cada serie y cada ejercicio fiscal. No puedes tener saltos: si tu última factura fue la 2026-023, la siguiente debe ser la 2026-024. Un salto en la numeración es una de las primeras cosas que revisa Hacienda en una inspección.

Tipos de factura que debes conocer

No todas las facturas son iguales. La normativa española contempla varios tipos, cada uno con sus requisitos y supuestos de uso.

Factura completa

Es la factura estándar, la que incluye todos los datos que acabamos de describir. Es obligatoria en la mayoría de operaciones entre profesionales y empresas (B2B). Cuando alguien dice "factura" a secas, se refiere a esta.

Factura simplificada

La antigua "factura de tickets". Se puede emitir cuando el importe no supera los 400 euros (IVA incluido) o en determinadas actividades minoristas. No requiere los datos completos del receptor: basta con el NIF si el cliente lo solicita. Es habitual en comercio al por menor, hostelería y transporte.

El límite sube a 3.000 euros en ciertos supuestos recogidos en el reglamento de facturación, como ventas al por menor, servicios de hostelería y aparcamientos.

Factura rectificativa

Se emite para corregir errores en una factura anterior. No puedes simplemente borrar y rehacer una factura ya emitida: debes emitir una factura rectificativa que haga referencia a la factura original (número y fecha). Los motivos más comunes son errores en importes, devoluciones de producto y descuentos aplicados con posterioridad.

Factura recapitulativa

Agrupa varias operaciones realizadas al mismo destinatario dentro del mismo mes natural. Es muy útil cuando facturas servicios recurrentes o entregas frecuentes a un mismo cliente. Debe emitirse antes del día 16 del mes siguiente al que corresponden las operaciones.

IVA: tipos y exenciones

El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) es el impuesto indirecto que grava el consumo. Como autónomo, lo recaudas en nombre de Hacienda: lo cobras a tus clientes y lo ingresas trimestralmente, descontando el IVA que tú has soportado en tus compras.

Tipos de IVA vigentes en España: 21% general (la mayoría de productos y servicios), 10% reducido (alimentos, transporte de viajeros, hostelería, obras de renovación), 4% superreducido (pan, leche, huevos, frutas, verduras, libros, medicamentos) y 0% o exento para actividades como educación reglada, asistencia sanitaria, operaciones de seguros y servicios financieros.

Un error frecuente es aplicar el tipo reducido sin que corresponda. Ante la duda, el tipo general del 21% es siempre seguro. Aplicar un tipo inferior al que corresponde puede generar una liquidación complementaria con recargos.

Retención de IRPF: cuándo y cuánto

Si tu actividad está clasificada como profesional en el IAE (sección segunda), tus clientes empresarios y profesionales deben aplicar una retención de IRPF en las facturas que te pagan. Tú emites la factura con la retención descontada y el cliente ingresa esa cantidad en Hacienda en tu nombre. Es un anticipo de tu declaración de la renta.

El tipo general de retención es del 15% sobre la base imponible.

Si te has dado de alta como autónomo por primera vez, puedes aplicar un tipo reducido del 7% durante el año del alta y los dos años siguientes. Para ello, debes comunicarlo a tus clientes y que no hayas ejercido ninguna actividad profesional en el año anterior. Es un ahorro significativo de liquidez en los primeros años.

La retención solo aplica en facturas a empresas y profesionales. Si facturas a particulares (consumidores finales), no hay retención de IRPF.

Plazos que no puedes olvidar

La gestión fiscal del autónomo gira en torno a ciclos trimestrales. Los plazos son inamovibles y las sanciones por presentar fuera de plazo son automáticas.

Modelo 303 (IVA trimestral)

Es la autoliquidación trimestral de IVA. Declaras el IVA que has repercutido (cobrado a tus clientes) menos el IVA que has soportado (pagado en tus compras). La diferencia, si es positiva, la ingresas en Hacienda. Si es negativa, la compensas en trimestres posteriores o solicitas devolución en el cuarto trimestre.

Plazos: del 1 al 20 de abril (1T), julio (2T), octubre (3T) y del 1 al 30 de enero (4T).

Modelo 130 (IRPF trimestral)

Es el pago fraccionado de IRPF para autónomos en estimación directa. Declaras el 20% de tu rendimiento neto acumulado desde el inicio del año, restando los pagos fraccionados ya realizados y las retenciones soportadas.

Los plazos coinciden con los del modelo 303.

Modelo 390 (resumen anual IVA)

Se presenta en enero (del 1 al 30) y es el resumen anual de todas tus operaciones de IVA. Debe cuadrar con la suma de los cuatro modelos 303 trimestrales. No implica pago adicional, pero su presentación es obligatoria.

Además del 390, recuerda el modelo 347 (operaciones con terceros que superen los 3.005,06 euros anuales) en febrero y el modelo 349 (operaciones intracomunitarias) si trabajas con clientes o proveedores de la UE.

Verifactu: el futuro de la facturación en España

Verifactu es el sistema de verificación de facturas de la Agencia Tributaria. Su objetivo es que cada factura emitida por un software de facturación quede registrada de forma inmediata (o casi inmediata) en los servidores de Hacienda mediante un hash criptográfico que garantiza su integridad.

Para los autónomos, el impacto principal es que tu software de facturación deberá estar certificado y preparado para enviar esos registros. El uso de hojas de cálculo o documentos Word para facturar dejará de ser viable a medida que el sistema se implante.

La implantación será progresiva, pero la dirección es clara: la facturación en España será completamente digital y trazable. Los autónomos que ya trabajen con un software preparado para Verifactu no tendrán que hacer nada adicional cuando la obligación entre en vigor. Los que sigan facturando con métodos manuales o software no adaptado, tendrán que migrar bajo presión.

Cómo simplificar todo esto

La cantidad de requisitos, tipos, modelos y plazos puede parecer abrumadora, pero la realidad es que la mayor parte del trabajo es repetitivo y automatizable. Cada trimestre haces lo mismo: sumas facturas, calculas IVA e IRPF, presentas modelos. Es un proceso mecánico que un software puede resolver en segundos.

Frihet automatiza la facturación para autónomos y pymes en España. Cada factura que emites incluye automáticamente los 12 datos obligatorios, calcula el IVA y la retención de IRPF según tu configuración, mantiene la numeración correlativa sin saltos y almacena todo listo para tus declaraciones trimestrales.

Empieza a facturar con un software preparado desde el primer día. Migrar datos de hojas de cálculo a un ERP después de meses o años es doloroso y propenso a errores. Si estás empezando como autónomo, este es el mejor momento para hacerlo bien desde el principio.

La gestión fiscal no tiene por qué ser tu enemiga. Con las reglas claras y las herramientas adecuadas, facturar como autónomo en España es un proceso predecible, controlable y -- lo más importante -- automatizable. Dedica tu tiempo a lo que de verdad importa: hacer crecer tu negocio.

Preguntas frecuentes

¿Estoy obligado a darme de alta como autónomo para facturar?

Sí. En España, cualquier actividad económica habitual requiere alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) y en Hacienda (modelo 036/037). Facturar sin alta puede conllevar sanciones.

¿Qué IVA debo aplicar en mis facturas?

El tipo general es del 21%. Existen tipos reducidos del 10% (alimentos, transporte) y superreducido del 4% (pan, leche, libros). Algunas actividades están exentas de IVA (sanitarias, educativas, seguros).

¿Puedo facturar sin ser autónomo si es algo puntual?

Es un tema controvertido. La Seguridad Social exige alta desde la primera actividad. En la práctica, actividades muy puntuales y de bajo importe pueden declararse sin alta en el RETA, pero siempre deben declararse a Hacienda.

¿Qué es Verifactu y cómo me afecta?

Verifactu es el sistema de la AEAT para verificar facturas electrónicas en tiempo real. Entrará en vigor progresivamente y exigirá que tu software de facturación envíe un hash de cada factura a Hacienda. Usar un software preparado para Verifactu te evitará migraciones de última hora.

¿Cada cuánto tengo que presentar el IVA?

Trimestralmente para la mayoría de autónomos (modelo 303), con plazo hasta el día 20 del mes siguiente al trimestre. Las grandes empresas presentan mensualmente. El resumen anual (modelo 390) se presenta en enero.

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