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Fiscalidad
13 min de lectura

Cuota de autónomos 2026: tramos, cambios y cómo calcularla

Cuota autónomos 2026: tramos de cotización, bases 653,59 €–1.928,10 €, tipo total 31,50 % y cuota mínima 205,88 €, según la Orden PJC/297/2026.

Por Equipo Frihet Actualizado el 9 de octubre de 2026
Cuota de autónomos 2026: tramos, cambios y cómo calcularla

Puntos clave

  • En 2026 hay 15 tramos de cotización (3 reducidos + 12 generales) basados en rendimientos netos reales, no en una base elegida libremente
  • La cuota mínima es 205,88 €/mes para rendimientos netos ≤ 670 € y la máxima con base mínima es 607,35 €/mes para rendimientos > 6.000 €
  • La tarifa plana (art. 38 ter de la Ley 20/2007) es una cuota reducida de 12 meses, ampliable otros 12 si no superas el SMI; su importe lo fija la Ley de Presupuestos y la Seguridad Social publica 80 €/mes
  • Puedes cambiar tu tramo cada dos meses si tus ingresos varían, sin penalización
  • El tipo total aplicable sobre la base es 31,50 %: 28,30 % comunes + 1,30 % profesionales + 0,90 % MEI + 0,90 % cese + 0,10 % formación
Contenidos

La cuota mínima de autónomos en 2026 es 205,88 €/mes (rendimientos netos ≤ 670 €, base mínima 653,59 € × tipo total 31,50 %) y la cuota máxima con base mínima obligatoria sube a 607,35 €/mes (rendimientos netos > 6.000 €, base mínima 1.928,10 €). Cifras y tramos según la Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo (BOE-A-2026-7296), art. 18, en boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2026-7296.

El sistema de cotización por ingresos reales lleva en vigor desde 2023. En 2026 la cotización se actualiza con la Orden PJC/297/2026, que prorroga los tramos y bases mínimas de 2025 y sube la base máxima a 5.101,20 €, y mantiene el tipo total del 31,50 %. Si eres autónomo en España, esto es lo que pagas y por qué.

Los 15 tramos de cotización en 2026

El sistema divide tus rendimientos netos mensuales en 15 tramos: 3 de la tabla reducida (ingresos más bajos) y 12 de la tabla general. Cada tramo tiene una base de cotización mínima y máxima. La cuota se calcula aplicando el tipo de cotización total (31,50 %) sobre la base elegida dentro de tu tramo. Todas las cifras siguientes están copiadas literalmente del art. 18.1 de la Orden PJC/297/2026 (BOE-A-2026-7296).

TramoRendimientos netos/mesBase mínimaBase máximaCuota aprox. (base mínima × 31,50 %)
Reducida 1≤ 670 €653,59 €718,94 €205,88 €
Reducida 2> 670 € y ≤ 900 €718,95 €900,00 €226,47 €
Reducida 3> 900 € y < 1.166,70 €849,67 €1.166,70 €267,65 €
General 1≥ 1.166,70 € y ≤ 1.300 €950,98 €1.300,00 €299,56 €
General 2> 1.300 € y ≤ 1.500 €960,78 €1.500,00 €302,65 €
General 3> 1.500 € y ≤ 1.700 €960,78 €1.700,00 €302,65 €
General 4> 1.700 € y ≤ 1.850 €1.143,79 €1.850,00 €360,29 €
General 5> 1.850 € y ≤ 2.030 €1.209,15 €2.030,00 €380,88 €
General 6> 2.030 € y ≤ 2.330 €1.274,51 €2.330,00 €401,47 €
General 7> 2.330 € y ≤ 2.760 €1.356,21 €2.760,00 €427,21 €
General 8> 2.760 € y ≤ 3.190 €1.437,91 €3.190,00 €452,94 €
General 9> 3.190 € y ≤ 3.620 €1.519,61 €3.620,00 €478,68 €
General 10> 3.620 € y ≤ 4.050 €1.601,31 €4.050,00 €504,41 €
General 11> 4.050 € y ≤ 6.000 €1.732,03 €5.101,20 €545,59 €
General 12> 6.000 €1.928,10 €5.101,20 €607,35 €

La columna «Cuota aprox.» es base mínima × 31,50 % (fórmula una vez: cuota = base_minima × 0,315). En tramos con base fija (1 a 3 de la reducida) no puedes elegir otra base. A partir del tramo 1 de la tabla general puedes elegir cualquier base entre la mínima y la máxima de tu tramo. El tope de cotización es 5.101,20 €/mes para todas las bases (art. 18.1 de la Orden PJC/297/2026).

Qué ha cambiado respecto a 2025

Qué cambia en 2026: las bases mínimas de los 15 tramos son las mismas que en 2025 (tablas prorrogadas); lo que cambia es la base máxima. Los dos primeros puntos comparan con 2024, el último año con tablas distintas:

1. Respecto a 2024, las bases mínimas de la tabla reducida bajan. El tramo 1 reducido baja su base mínima de 735,29 € (2024) → 653,59 € (2025 y 2026). El tramo 2 baja de 816,99 € → 718,95 €. El tramo 3 baja de 872,55 € → 849,67 €. Esto reduce la cuota mínima obligatoria del tramo 1 a 205,88 €/mes, alineándose con el objetivo del Gobierno de facilitar el inicio de actividad.

2. Respecto a 2024, las bases mínimas de la tabla general suben en los tramos altos. Los tramos 4 a 12 suben sus bases mínimas respecto a 2024 (por ejemplo, tramo 4: 1.045,75 € → 1.143,79 €; tramo 8: 1.176,47 € → 1.437,91 €; tramo 12: 1.732,03 € → 1.928,10 €). El Gobierno sube gradualmente estas bases para acercarlas a la cotización real del régimen general, dentro del periodo transitorio 2023-2032 previsto en el Real Decreto-ley 13/2022.

3. Respecto a 2025, la base máxima absoluta sube a 5.101,20 €/mes (art. 18.1 de la Orden PJC/297/2026), desde los 4.909,50 €/mes de 2025. Los tramos 11 y 12 de la tabla general ven así ampliada su base máxima hasta ese nuevo tope.

Tipo total de cotización: 31,50 %

El tipo total sobre la base de cotización es del 31,50 %, suma de cinco conceptos. Los tres primeros están en el art. 18.2 de la Orden PJC/297/2026 (BOE-A-2026-7296):

ConceptoTipoFuente
Contingencias comunes28,30 %art. 18.2.a) Orden PJC/297/2026
Contingencias profesionales1,30 % (0,66 IT + 0,64 IPS)art. 18.2.b) Orden PJC/297/2026
Mecanismo de equidad intergeneracional (MEI)0,90 %art. 18.2.c) Orden PJC/297/2026
Cese de actividad0,90 %art. 37.5.a) Orden PJC/297/2026
Formación profesional0,10 %art. 37.6 Orden PJC/297/2026
Total31,50 %suma

Fórmula de cuota, una sola vez: cuota_mensual = base_de_cotización × 0,3150. Ejemplo verificado: tramo 1 reducido con base mínima 653,59 € × 31,50 % = 205,88 €/mes.

Cómo calcular tus rendimientos netos

Este es el paso que más confusión genera. Tus rendimientos netos no son tus ingresos brutos:

  1. Suma tus ingresos de todas las actividades por cuenta propia
  2. Resta los gastos deducibles directamente vinculados a la actividad
  3. Aplica la deducción genérica del 7 % (o 3 % si estás incluido en las letras b) o e) del art. 305.2 LGSS, como el autónomo societario; art. 308.1.c), regla 2.ª)
  4. Divide entre 12 para obtener el rendimiento neto mensual

Ese número mensual determina tu tramo.

Ejemplo: Si facturas 36.000 € al año y tienes 6.000 € en gastos deducibles:

  • Rendimiento bruto: 36.000 € - 6.000 € = 30.000 €
  • Deducción genérica 7 %: 30.000 € × 0,93 = 27.900 €
  • Rendimiento neto mensual: 27.900 € / 12 = 2.325 €/mes → Tramo general 6 (entre 2.030 € y 2.330 €)
  • Cuota aproximada: 401,47 €/mes (base mínima 1.274,51 € × 31,50 %)

No hace falta que hagas esto a mano. Usa nuestra calculadora de cuota de autónomos para obtener tu cuota exacta en segundos.

Tarifa plana: cuota reducida para nuevos autónomos

Si te das de alta por primera vez (o no has estado de alta en los últimos 2 años, o 3 años si ya disfrutaste de esta bonificación), tienes derecho a la tarifa plana, según la información publicada por la Seguridad Social:

  • Primeros 12 meses: cuota reducida (la Seguridad Social publica 80 €/mes), independientemente de tus ingresos
  • Meses 13 a 24: la misma cuota reducida si tus rendimientos netos no superan el SMI anual
  • Si superas el SMI en el año de regularización del segundo periodo: pierdes la bonificación ese año y la Seguridad Social te reclama las cuotas no ingresadas; si el segundo periodo abarca parte del año siguiente, la comprobación se hace en ese ejercicio posterior

La tarifa plana es compatible con pluriactividad y con el sistema de tramos — simplemente pagas la cuota reducida en vez de lo que te correspondería por rendimientos durante el periodo bonificado. El art. 38 ter de la Ley 20/2007 fija los plazos y deja el importe a la Ley de Presupuestos Generales del Estado; el importe de 80 €/mes es el que publica la Seguridad Social, y no hemos podido confirmar la norma que lo fija para 2026. Fuente: Seguridad Social — Sistema de cotización para autónomos.

Cambio de tramo cada 2 meses

Una de las ventajas del sistema actual: puedes modificar tu base de cotización hasta 6 veces al año. Las fechas de efecto son:

Solicitud antes deEfecto desde
28 de febrero1 de marzo
30 de abril1 de mayo
30 de junio1 de julio
31 de agosto1 de septiembre
31 de octubre1 de noviembre
31 de diciembre1 de enero siguiente

Esto importa si tus ingresos son estacionales. Un fotógrafo de bodas puede cotizar por tramo alto en verano y bajo en invierno. Sin penalización.

Regularización anual: el ajuste de cuentas

Al cierre del ejercicio fiscal, la Seguridad Social cruza tus datos con Hacienda (modelo 130/131 y renta). Si hay diferencia entre lo que cotizaste y lo que debías según tus rendimientos reales:

  • Cotizaste de más: te devuelven la diferencia automáticamente
  • Cotizaste de menos: te reclaman el ajuste (con plazo para pagar)

Por eso es crítico ajustar tu tramo proactivamente. Si esperas a la regularización, puedes encontrarte con un pago inesperado al año siguiente.

Casos especiales: pluriactividad, discapacidad y autónomos societarios

No todos los autónomos cotizan igual. Hay tres situaciones que modifican las reglas:

Pluriactividad (trabajas por cuenta ajena y propia a la vez). Si ya cotizas como asalariado, puedes aplicar una reducción en tu base de cotización como autónomo. Si la suma de cotizaciones por contingencias comunes en ambos regímenes supera 17.323,68 € en 2026, tienes derecho al reintegro del 50 % del exceso, con el tope del 50 % de las cuotas ingresadas en el RETA por contingencias comunes (art. 18.8 de la Orden PJC/297/2026). La Tesorería lo abona en un plazo máximo de cuatro meses desde la regularización.

Discapacidad reconocida (≥ 33 %), víctima de violencia de género o de terrorismo. Acceso a una cuota reducida durante 24 meses en lugar de 12 (la Seguridad Social publica 80 €/mes). Si al final de esos 24 meses los rendimientos netos previstos son inferiores al SMI, pueden solicitar 36 meses adicionales (la Seguridad Social publica 160 €/mes). Importes pendientes de confirmar para 2026.

Autónomos societarios (administradores de SL). La principal diferencia: tu base mínima de cotización es más alta que la de un autónomo persona física. En 2026 tu base no puede ser inferior a la base mínima del grupo de cotización 7 del Régimen General: 1.424,40 €/mes (art. 18.4 y art. 3 de la Orden PJC/297/2026; art. 308.1.a), regla 4.ª, LGSS). Si ya cotizabas en 2025, puedes mantener durante 2026 la base provisional que tenías. Además, la deducción genérica sobre rendimientos es del 3 % en vez del 7 %.

Errores comunes que te cuestan dinero

Tres errores que vemos constantemente:

1. No ajustar el tramo cuando suben los ingresos. Si facturas 3.000 €/mes netos y sigues cotizando por el tramo general 3 (1.500 €-1.700 €), la regularización te va a reclamar la diferencia de golpe. Es mejor subir el tramo proactivamente cada 2 meses.

2. Calcular rendimientos netos sin la deducción del 7 %. Muchos autónomos comparan sus ingresos brutos con la tabla de tramos. Error: la deducción genérica del 7 % puede bajarte uno o dos tramos. Un autónomo con 2.500 €/mes brutos y 500 € en gastos tiene un rendimiento neto de (2.000 € × 0,93) = 1.860 € — tramo general 5 (entre 1.850 € y 2.030 €), no tramo general 6.

3. Elegir la base máxima del tramo “por si acaso”. Cotizar por más de lo necesario para tener mejor jubilación suena bien, pero el coste inmediato es real. Si facturas 1.400 €/mes netos, la diferencia entre base mínima y máxima del tramo general 2 es de 539,22 € (1.500 € - 960,78 €), lo que se traduce en ~170 €/mes adicionales de cuota. Asegúrate de que esa inversión en cotización futura tiene sentido para tu situación.

Cuánto paga la mayoría de autónomos

La distribución real de autónomos por tramos en 2025 (último año con datos publicados por la Seguridad Social) muestra que:

  • Alrededor del 40 % cotiza por la base mínima de su tramo
  • El tramo general 2 (1.300 €-1.500 €) es uno de los más frecuentes, con cuota de 302,65 €/mes en 2026
  • Menos del 10 % cotiza por tramos superiores al 9 (> 3.190 €/mes netos)

La realidad: la mayoría paga entre 300 € y 400 €/mes en 2026. Si estás en ese rango, estás en la media.

Frihet calcula tu cuota automáticamente

Con Frihet, no necesitas recordar tramos ni hacer cálculos manuales. El sistema:

  1. Registra tus ingresos y gastos en tiempo real
  2. Calcula tu rendimiento neto mes a mes
  3. Te indica tu tramo actual y si deberías cambiar de base
  4. Te avisa antes de cada fecha de cambio (cada 2 meses)

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga un autónomo de cuota en 2026?

Depende de tus rendimientos netos. La cuota mínima es 205,88 €/mes (rendimientos netos ≤ 670 €) y la cuota máxima con base mínima es 607,35 €/mes (rendimientos netos > 6.000 €). La mayoría de autónomos con ingresos entre 1.300 € y 1.700 € pagan alrededor de 302,65 €/mes. Fuente: Orden PJC/297/2026 (BOE-A-2026-7296), art. 18.

¿Sigue existiendo la tarifa plana en 2026?

Sí. El art. 38 ter de la Ley 20/2007 mantiene una cuota reducida para quien se da de alta como autónomo: 12 meses, ampliables otros 12 si tus rendimientos netos no superan el SMI. El importe lo fija la Ley de Presupuestos Generales del Estado; la Seguridad Social publica 80 €/mes, pero no hemos podido confirmar la norma que lo fija para 2026, así que comprueba el importe vigente al tramitar tu alta.

¿Puedo cambiar mi base de cotización a mitad de año?

Sí. Desde 2023 puedes modificar tu base de cotización hasta 6 veces al año (cada dos meses) para ajustarla a tus ingresos reales, sin penalización.

¿Qué pasa si mis ingresos cambian mucho durante el año?

Al final del ejercicio, la Seguridad Social regulariza. Si cotizaste de más, te devuelven la diferencia. Si cotizaste de menos, te reclaman el ajuste. Por eso conviene ajustar el tramo cada dos meses.

¿Los rendimientos netos incluyen los gastos deducibles?

Sí. Rendimientos netos = ingresos brutos - gastos deducibles de la actividad. Además, se aplica una deducción genérica del 7 % (3 % para autónomos societarios). Es sobre esa cifra final que se determina tu tramo.

Sigue leyendo: Guía completa para facturar como autónomo · Gastos deducibles para autónomos en 2026 · Frihet para autónomos

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga un autónomo de cuota en 2026?

Depende de tus rendimientos netos. La cuota mínima es 205,88 €/mes (rendimientos netos ≤ 670 €) y la cuota máxima con base mínima es 607,35 €/mes (rendimientos netos > 6.000 €). La mayoría de autónomos con ingresos entre 1.300 € y 1.700 € pagan alrededor de 302,65 €/mes.

¿Los rendimientos netos incluyen los gastos deducibles?

Sí. Rendimientos netos = ingresos brutos - gastos deducibles de la actividad. Además, se aplica una deducción genérica del 7 % (3 % para autónomos societarios). Es sobre esa cifra final que se determina tu tramo.

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