Software para el Modelo 347 (operaciones con terceros)
Agrupación automática por cliente y proveedor con desglose trimestral. Para operaciones anuales superiores a 3.005,06€.
El Modelo 347 es la declaración informativa anual de operaciones con terceras personas cuando el volumen anual con un mismo cliente o proveedor supera los 3.005,06€ (IVA incluido). Frihet agrupa automáticamente las operaciones desde el libro registro y prepara la declaración con el desglose trimestral exigido.
¿Qué es el Modelo 347?
El Modelo 347 es una declaración informativa anual prevista en el artículo 93 de la Ley General Tributaria y desarrollada en la Orden EHA/3012/2008, que obliga a empresarios y profesionales a informar a la AEAT de las operaciones realizadas con terceras personas (clientes y proveedores) cuando el importe anual con un mismo NIF supera los 3.005,06€ IVA incluido. Se desglosa por trimestres y debe presentarse antes del 28 de febrero (o 29 en años bisiestos) del año siguiente al ejercicio declarado. Las operaciones intracomunitarias se excluyen del 347 porque ya se informan en el Modelo 349. Las operaciones sujetas a SII (Suministro Inmediato de Información) también quedan fuera porque ya se reportan en tiempo real. Quedan obligados al 347: empresas con régimen general, autónomos, comunidades de bienes, entidades sin ánimo de lucro y administraciones públicas (por sus operaciones no exentas). El umbral 3.005,06€ se aplica de forma agregada por NIF, no factura a factura. Frihet calcula automáticamente los acumulados anuales y filtra los NIF que superan el umbral.
Cómo Frihet te ayuda con el Modelo 347
Frihet identifica todas las contrapartes que superan el umbral 3.005,06€ anuales y genera la declaración informativa con desglose trimestral, lista para revisar y presentar.
- Agrupación automática de facturas y gastos por NIF de cliente y proveedor
- Filtrado del umbral 3.005,06€ IVA incluido a nivel agregado anual
- Desglose trimestral del importe por contraparte
- Exclusión automática de operaciones intracomunitarias (van al 349) y SII
- Exportación en formato compatible con la presentación AEAT
Plazos y obligación de presentación
El Modelo 347 se presenta anualmente, antes del 28 de febrero del año siguiente. Verifica los datos de cada contraparte antes de la presentación: los desfases entre declarante y declarado son la causa más común de requerimientos.
Cómo usar Frihet, paso a paso
- 1
Verifica los datos fiscales de tus contrapartes
Asegúrate de que todos los clientes y proveedores tienen NIF correcto en Frihet antes de cerrar el ejercicio.
- 2
Cierra el ejercicio contable
Cuadra trimestralmente con los Modelos 303 antes de generar el 347 anual.
- 3
Genera el borrador del Modelo 347
Frihet filtra contrapartes >3.005,06€ y desglosa por trimestre. Excluye automáticamente intracomunitarias y SII.
- 4
Presenta en Sede AEAT antes del 28 de febrero
Exporta los datos y preséntalos telemáticamente con certificado digital.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el umbral del Modelo 347?
Operaciones con un mismo NIF (cliente o proveedor) cuyo importe anual supere los 3.005,06€ IVA incluido en el ejercicio. El umbral se aplica a nivel agregado anual por contraparte, no por operación individual.
¿Quién está exento del Modelo 347?
Están exentos los sujetos obligados al SII (Suministro Inmediato de Información de IVA), que ya reportan en tiempo real. También quedan fuera las operaciones intracomunitarias (Modelo 349) y las exportaciones e importaciones.
¿Cuándo se presenta el Modelo 347?
Anualmente, entre el 1 y el 28 de febrero del año siguiente al ejercicio declarado (29 en años bisiestos). Es una declaración informativa, no implica ingreso económico.
¿Qué pasa si mi cliente declara un importe diferente al que yo declaro?
La AEAT cruza ambas declaraciones automáticamente. Los desfases generan requerimientos que obligan a justificar la diferencia. Frihet ayuda a cuadrar contrapartes antes de presentar para evitar discrepancias.
¿Las operaciones con la administración pública entran en el 347?
Sí, las operaciones con administraciones públicas se incluyen igual que las privadas si superan el umbral 3.005,06€. La administración también está obligada a declarar el 347 por sus operaciones no exentas.
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