Tipos de IGIC 2026: guía y tabla orientativa
Tipos de IGIC vigentes en 2026: tipo cero, específico, reducidos, general, incrementados y especial, con fuentes oficiales para comprobar cada producto.
Serie: Canarias a Fondo
TL;DR: El IGIC no es un impuesto de tipo único: conviven tipos del 0%, 1%, 3%, 5%, 7%, 9,5%, 15% y 20%, pero el aplicable depende de la descripción legal, la operación y las medidas temporales vigentes. Esta tabla es orientativa: confirma el producto en el texto refundido y en la información actualizada de la Agencia Tributaria Canaria antes de facturar.
Puntos clave
- El tipo general del IGIC es el 7%, frente al 21% del IVA peninsular (art. 32 del texto refundido del IGIC, Decreto Legislativo 1/2025).
- El IGIC tiene tipos cero (0%), específico (1%), superreducido (3%), reducido (5%), general (7%), incrementados (9,5% y 15%) y especial (20%).
- En agosto de 2026 se aplica temporalmente el tipo cero a petróleo, productos derivados del refino y otros productos energéticos cubiertos por el Decreto ley 4/2026; el tipo estructural del 1% no debe aplicarse sin revisar la medida temporal del mes.
- Las categorías contienen condiciones y excepciones: la descripción comercial de un producto no basta para fijar el tipo.
- El modelo 420 es la autoliquidación periódica general del IGIC, pero existen regímenes y supuestos que modifican o eliminan esa obligación.
Contenidos
El IGIC no es un impuesto de tipo único. Si facturas en Canarias y solo conoces el 7%, te falta la mitad del mapa.
Hay varios tipos distintos, y el que aplicas depende del producto, el servicio, las condiciones de la operación y las medidas temporales vigentes.
Esta es una tabla de orientación, no un clasificador fiscal exhaustivo. Sirve para saber qué revisar antes de facturar.
Qué es el IGIC y por qué existe en Canarias
El IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) es el equivalente canario al IVA. Se aplica a la venta de bienes y servicios dentro del archipiélago, sustituyendo al IVA que rige en la península y Baleares.
Existe dentro del REF, el Régimen Económico y Fiscal de Canarias, un marco histórico pensado para compensar la lejanía y la fragmentación del territorio.
La diferencia que más se nota: el tipo general del IGIC es del 7%, frente al 21% del IVA peninsular. Pero reducir el IGIC a “el IVA canario al 7%” es quedarse corto. Como el IVA, tiene varios tramos.
Si vendes fuera de Canarias hacia la península, o compras a proveedores peninsulares, la mecánica cambia de nuevo: consulta la guía de IGIC frente a IVA.
Tabla orientativa de tipos IGIC 2026
Esta referencia rápida resume las familias de tipos. No sustituye la consulta de la descripción legal.
| Tipo | Tasa | Qué suele cubrir |
|---|---|---|
| Tipo cero | 0% | Operaciones y bienes expresamente enumerados; incluye categorías concretas de alimentación, agua, productos sanitarios y libros, con sus condiciones |
| Tipo específico | 1% | Petróleo y productos derivados del refino; en agosto de 2026 opera una reducción temporal al 0% para los productos cubiertos |
| Tipo superreducido | 3% | Determinados bienes de primera necesidad que fija la norma |
| Tipo reducido | 5% | Bienes concretos definidos por la norma, como determinadas bebidas refrescantes |
| Tipo general | 7% | La mayoría de bienes y servicios que no tienen un tipo específico asignado |
| Tipos incrementados | 9,5% y 15% | Bienes expresamente enumerados; determinadas bebidas energéticas con más de 150 mg/l de cafeína figuran al 15% en la información ATC de 2026 |
| Tipo especial | 20% | Labores del tabaco |
Tipo general: el 7% por defecto
El tipo general del 7% se aplica cuando la operación está sujeta y no tiene asignado otro tipo ni una exención. La naturaleza del servicio y sus reglas de localización siguen siendo relevantes.
En servicios como consultoría, diseño, desarrollo o formación no basta con el nombre comercial: puede haber exenciones o reglas de localización distintas. Comprueba la operación antes de fijar el 7% como valor por defecto.
La diferencia entre el tipo general del IGIC y el del IVA no determina por sí sola el precio ni el margen: también cambian el territorio de aplicación, las reglas de localización y el derecho a deducción.
Tipo cero: qué no paga IGIC
El tipo cero significa que la operación está sujeta a IGIC, pero se aplica un 0%. No es lo mismo que una exención: sigue siendo una operación declarable, solo que no genera cuota.
La norma enumera operaciones y bienes concretos que pueden tributar al 0%, con condiciones que varían por categoría. La tabla oficial de la ATC muestra, por ejemplo, que dentro de una misma familia de alimentos o bebidas pueden coexistir varios tipos. Confirma siempre la descripción y la composición exactas.
Tipo superreducido y reducido: la zona intermedia
Entre el tipo cero y el general hay dos tramos intermedios para bienes que reciben un tratamiento fiscal favorable sin ser de primera necesidad estricta: el tipo superreducido del 3% y el tipo reducido del 5%. El texto refundido del IGIC (Decreto Legislativo 1/2025) define qué entra en cada uno.
Es la zona donde más dudas surgen porque no siempre es intuitivo qué categoría corresponde —por ejemplo, las bebidas refrescantes pueden tributar a distintos tramos según su contenido de azúcar—. Si tu actividad se mueve aquí, confirma el bien concreto en la norma antes de fijar precios.
Tipos incrementados y tipo especial
En el otro extremo están los tipos que gravan más que el general: los incrementados del 9,5% y del 15%, y el especial del 20%.
Se aplican a categorías específicas enumeradas por la normativa. La información de la ATC actualizada a 2026 sitúa, entre otros ejemplos, determinadas bebidas energéticas con más de 150 mg/l de cafeína en el 15%; otros refrescos pueden quedar en tipos distintos según composición.
Si tu negocio vende algo de estas categorías, no operes por intuición: un error aquí no es una diferencia de céntimos, es un tramo entero de tipo impositivo mal aplicado en cada factura.
IGIC vs IVA: la diferencia que importa al facturar
Más allá del porcentaje, el IGIC y el IVA son sistemas distintos con reglas propias de localización, deducción y declaración. Si facturas entre Canarias y la península —o tienes clientes en ambos territorios— la mecánica de qué impuesto aplicar cambia según origen y destino de la operación.
Esto lo desarrollamos en la guía de IGIC frente a IVA para Canarias.
Cómo se ve esto en una factura real
Emitir una factura en Canarias no es solo aplicar el 7% a todo. Cada línea puede llevar su propio tipo si vendes productos de categorías distintas en el mismo documento.
El desglose de campos y cálculo por tipo está en facturar con IGIC en Canarias.
Quién declara IGIC y cómo: el modelo 420
El modelo 420 es la autoliquidación periódica general del IGIC, pero la obligación concreta depende del régimen y de las operaciones realizadas.
En el modelo 420 declaras el IGIC repercutido en tus ventas por cada tipo aplicado, el IGIC soportado deducible en tus compras, y liquidas la diferencia. Se presenta trimestralmente dentro del plazo que fija el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria Canaria, con algunos supuestos de régimen simplificado o exoneración.
La guía de casillas y plazos está en modelo 420 trimestral del IGIC.
El REF como marco de fondo
Todo esto —tipos diferenciados, porcentaje general reducido frente al IVA peninsular— existe dentro del REF, el marco fiscal diferenciado de Canarias que también da forma a otras figuras como la ZEC o la RIC.
Para el marco general, consulta ZEC y RIC en la fiscalidad canaria.
La tabla, resumida
Si solo te llevas una cosa de este artículo: el IGIC no es “IVA canario al 7%”. Es un sistema de varios tramos, y el tipo correcto depende del producto, no del hábito.
Antes de fijar precios o emitir la primera factura de una nueva línea de producto, confirma el tipo. Después, automatiza para no volver a pensarlo en cada factura.
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Preguntas frecuentes
¿Cuántos tipos de IGIC hay en 2026?
El texto refundido contempla tipos del 0%, 1%, 3%, 5%, 7%, 9,5%, 15% y 20%. El tipo específico del 1% para petróleo y productos derivados del refino convive en 2026 con reducciones temporales al 0%, por lo que debe verificarse la fecha concreta de la operación.
¿Por qué el IGIC es más bajo que el IVA?
Canarias tiene un régimen fiscal diferenciado dentro del REF (Régimen Económico y Fiscal), pensado para compensar la lejanía y la doble insularidad del archipiélago. El IGIC sustituye al IVA en el territorio canario y su tipo general (7%) es considerablemente más bajo que el 21% peninsular.
¿Todos los productos tienen el mismo tipo de IGIC?
No. Cada tipo cubre categorías definidas por la norma y puede exigir condiciones específicas. Por ejemplo, la ATC distingue varios tipos incluso dentro de alimentación y bebidas según composición; hay que comprobar el producto concreto.
¿Qué modelo se usa para declarar el IGIC?
El modelo 420 es la autoliquidación periódica general del IGIC. No todos los contribuyentes lo presentan: el régimen, la actividad y determinados supuestos pueden exigir otro tratamiento.