Modelo 036: darte de alta como autónomo (bien)
Guía del modelo 036: epígrafe IAE, régimen de IVA e IRPF, alta RETA y los errores de alta que más caro salen. El 037 ya no existe.
TL;DR: El modelo 036 es la declaración censal con la que te das de alta en Hacienda antes de facturar: fija tu epígrafe IAE, tu régimen de IVA y tu régimen de IRPF. El modelo 037 simplificado desapareció el 3 de febrero de 2025 — desde entonces todo se tramita por el 036, sin excepción.
Puntos clave
- El modelo 037 fue suprimido por la Orden HAC/1526/2024 (BOE-A-2025-410), con efectos desde el 3 de febrero de 2025. Solo existe el modelo 036.
- El 036 se presenta antes de emitir tu primera factura, no después.
- El alta en Hacienda (modelo 036) y el alta en la Seguridad Social (RETA) son dos trámites distintos ante organismos distintos — uno no sustituye al otro.
- El régimen de IVA y el epígrafe IAE que marcas en el alta condicionan cada factura y cada trimestral que presentes después: revisarlos con prisa sale caro.
- Cualquier cambio de actividad, domicilio o régimen se comunica con un nuevo 036 de modificación, no ignorando el cambio.
Contenidos
El modelo 036 es la declaración censal con la que le dices a Hacienda que existes: qué actividad vas a hacer, bajo qué epígrafe, con qué régimen de IVA y de IRPF. Es el primer papel que rellenas antes de emitir tu primera factura — y las casillas que marcas ahí no son trámite, son decisión. Condicionan cada trimestral que presentes después.
Esta guía te lleva bloque a bloque, sin dar por hecho que ya sabes qué es un epígrafe ni por qué el modelo 037 que buscabas ya no existe.
Qué es el modelo 036 y qué decide realmente
El modelo 036 es la declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Tributaria. Lo presentas tú (o tu gestor) online con certificado digital o Cl@ve, o presencialmente en una oficina de la AEAT.
No es un impuesto. No pagas nada al presentarlo. Es el documento que abre tu expediente fiscal y que define, de una sola vez, cuatro cosas que vas a arrastrar durante toda tu actividad:
- El epígrafe o epígrafes del IAE bajo los que facturas.
- El régimen de IVA que aplicas en tus facturas.
- El régimen de IRPF con el que tributa tu rendimiento.
- Tus obligaciones formales: si tienes que retener a terceros, si operas con la UE, cuál es tu domicilio fiscal.
Presentarlo mal —o presentarlo tarde— no es un detalle administrativo. Te obliga a rectificar epígrafes, régimen de IVA o retenciones con carácter retroactivo, y eso sí tiene coste real.
El modelo 037 ya no existe: qué hacer si lo estabas buscando
Hasta hace poco existían dos modelos: el 036 (completo) y el 037 (simplificado), pensado para altas sencillas de persona física sin ciertas complejidades. Esa distinción ha desaparecido.
La Orden HAC/1526/2024 (BOE-A-2025-410) suprimió el modelo 037, con efectos desde el 3 de febrero de 2025. Desde esa fecha, toda alta, modificación o baja censal —seas autónomo con una sola actividad sencilla o una sociedad con estructura compleja— se tramita exclusivamente con el modelo 036.
Si un tutorial, una plantilla o tu gestor te siguen hablando del 037, están desactualizados. No hay atajo simplificado: el 036 es el único formulario, y punto.
| Situación | Hasta el 2-feb-2025 | Desde el 3-feb-2025 |
|---|---|---|
| Alta sencilla, persona física, una sola actividad | Modelo 037 (simplificado) | Modelo 036 |
| Alta con varias actividades, sociedad o régimen especial | Modelo 036 | Modelo 036 |
| Modificación de datos censales | 036 o 037 según el caso original | Modelo 036 |
| Baja censal | 036 o 037 según el caso original | Modelo 036 |
Las tres decisiones que fijas en el alta (y que arrastras después)
El 036 no es un formulario de datos de contacto. Son tres decisiones fiscales que, una vez marcadas, cuestan tiempo y papeleo cambiar.
1. Epígrafe o epígrafes del IAE: qué actividad declaras
El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) clasifica tu actividad dentro de una estructura de secciones, agrupaciones, grupos y epígrafes. El epígrafe que marcas en el alta es el que determina, entre otras cosas, qué actividades puedes facturar sin necesidad de dar de alta un epígrafe nuevo.
Las personas físicas están exentas del pago del propio impuesto —con independencia de su cifra de negocio; el umbral de 1.000.000 € de importe neto de la cifra de negocios que da derecho a la exención afecta a las sociedades y demás entidades, no a las personas físicas (art. 82 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales)—, pero eso no te libra de declarar el epígrafe: sin él marcado, cualquier factura que emitas por esa actividad queda fuera de lo que has dado de alta.
Si tu negocio cubre varias actividades distintas —por ejemplo, vendes un producto y además prestas un servicio de consultoría— marcas un epígrafe por cada actividad en el mismo 036. No hace falta presentar declaraciones separadas.
2. Régimen de IVA (o IGIC, si operas en Canarias)
En el alta marcas cómo tributa tu actividad en el impuesto indirecto:
- Régimen general: repercutes IVA en cada factura y deduces el soportado. Es el régimen por defecto para la mayoría de servicios y venta al por mayor.
- Recargo de equivalencia: obligatorio para comerciantes minoristas persona física que venden al consumidor final sin transformar el producto, bajo ciertas condiciones — lo cubrimos en detalle en la guía dedicada.
- Actividades exentas: ciertos servicios (educación, sanidad, algunos financieros) no llevan IVA en factura, por las exenciones del artículo 20 de la Ley 37/1992 del IVA — consulta el listado vigente para tu actividad concreta.
Si tu domicilio fiscal está en Canarias, aquí no marcas IVA sino IGIC — el impuesto es distinto, los tipos son distintos y el formulario trimestral también.
3. Régimen de IRPF: cómo tributa tu rendimiento
Para la inmensa mayoría de autónomos que empiezan hoy, la opción es estimación directa —simplificada cuando el importe neto de la cifra de negocios del conjunto de tus actividades no superó los 600.000 € en el año anterior, y normal por encima de ese límite—, donde tributas por ingresos menos gastos deducibles reales.
La estimación objetiva (módulos) existe pero su ámbito de aplicación se ha reducido con los años y tiene requisitos específicos de actividad y facturación —consulta si tu actividad y tus límites de facturación vigentes te permiten acogerte—. Si no marcas nada distinto, el régimen por defecto es la estimación directa.
El alta en Hacienda no es el alta en la Seguridad Social
Este es el malentendido que más veces se repite: el modelo 036 no te da de alta como autónomo en la Seguridad Social.
Son dos trámites, ante dos organismos distintos, con normativa distinta:
- Modelo 036 → Agencia Tributaria (AEAT). Te registra como empresario o profesional a efectos fiscales.
- Alta en el RETA → Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), hoy gestionada vía Sistema RED o Import@ss. Te registra como cotizante y determina tu cuota mensual.
Necesitas los dos para operar de forma legal. Presentar solo el 036 te permite facturar en teoría, pero sin alta en RETA no estás cubierto ni cotizando — y Hacienda y Seguridad Social cruzan datos.
Errores de alta que salen caros
- Elegir mal el régimen de IVA o el recargo de equivalencia, cuyas opciones y renuncias, por regla general, no surten efecto hasta el ejercicio siguiente.
- No marcar el epígrafe correcto y facturar una actividad no declarada — obliga a modificar el 036 con carácter retroactivo.
- Olvidar el alta en el registro de operadores intracomunitarios (VIES) si vas a facturar a clientes de la UE: sin esa casilla marcada, no puedes emitir factura sin IVA a un cliente empresarial europeo.
- Domicilio fiscal mal indicado, que arrastra notificaciones a una dirección incorrecta.
- No anticipar el cambio de régimen cuando tu facturación supera el umbral que te obligaba a cambiar de régimen simplificado a normal, o de recargo de equivalencia a general.
:::checklist Antes de presentar el 036
- Tengo claro mi epígrafe o epígrafes IAE, uno por cada actividad distinta que voy a facturar.
- He decidido régimen de IVA/IGIC con conocimiento de si soy minorista, mayorista o presto servicios exentos.
- Sé si me corresponde estimación directa simplificada, normal, o si módulos aplica a mi actividad.
- Si voy a facturar a la UE, marco el alta en el registro de operadores intracomunitarios.
- Tengo el alta en el RETA planificada como trámite aparte, no como consecuencia automática del 036.
- Presento el 036 antes de emitir mi primera factura, con margen de al menos un día. :::
Modificaciones posteriores: cuándo tocas el 036 otra vez
El alta no es la única vez que usas el modelo 036. Cualquier cambio en tu situación censal se comunica con un 036 de modificación:
- Cambio o ampliación de epígrafe IAE (empiezas una actividad nueva).
- Cambio de domicilio fiscal o del local donde ejerces la actividad.
- Cambio de régimen de IVA (por ejemplo, dejas de estar en recargo de equivalencia).
- Alta o baja de una obligación de retener a terceros.
- Baja de la actividad, cuando cierras o cesas.
El plazo general para comunicar una modificación censal es de un mes desde que se producen los hechos que la determinan (art. 10 del RD 1065/2007). No comunicarlo no hace que el cambio no exista fiscalmente: solo hace que Hacienda lo descubra más tarde, con los recargos que corresponda.
Un negocio que factura, controla gastos con OCR y ve su dashboard en tiempo real detecta antes cuándo toca ese 036 de modificación — porque ve el cambio de volumen o de actividad según pasa, no en la cuenta de resultados de fin de año.
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Preguntas frecuentes
¿Dónde ha ido el modelo 037?
No existe desde el 3 de febrero de 2025. La Orden HAC/1526/2024 (BOE-A-2025-410) lo suprimió y unificó todas las altas, modificaciones y bajas censales en el modelo 036, sea cual sea tu situación.
¿El modelo 036 me da de alta también en la Seguridad Social?
No. El 036 es un trámite de la AEAT (Hacienda). El alta como trabajador autónomo en el RETA se hace aparte, ante la Tesorería General de la Seguridad Social. Necesitas los dos para operar legalmente.
¿Puedo marcar varios epígrafes IAE en la misma alta?
Sí. Si vas a facturar por varias actividades distintas, marcas un epígrafe por cada una en el mismo modelo 036. Facturar por una actividad no declarada es el error de alta más frecuente y el más fácil de evitar.
¿Cuándo tengo que presentar el modelo 036 si voy a empezar a facturar el mes que viene?
Antes de emitir tu primera factura o de realizar cualquier operación de tu actividad. El alta censal es un requisito previo, no un trámite que regularizas después de haber empezado.