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Fiscalidad
7 min de lectura

Checklist del 20 de julio: cierra el 2.º trimestre sin sustos

La lista de acción para presentar los modelos trimestrales del 2T 2026 antes del lunes 20 de julio (domiciliación hasta el miércoles 15): qué presentas según tu régimen, en qué orden y los errores que cuestan dinero.

Por Equipo Frihet

TL;DR: El plazo de los modelos trimestrales del segundo trimestre de 2026 vence el lunes 20 de julio; con domiciliación bancaria, hasta el miércoles 15 de julio. Qué presentas depende de tu régimen: estimación directa → 303 + 130; módulos → 303 + 131; si retienes en nóminas o a profesionales → 111; si pagas alquiler de local → 115; con operaciones intracomunitarias → 349. El 202 de Sociedades no toca en julio (sus pagos son abril, octubre y diciembre). Esta es la lista de acción agregada: qué presentas, en qué orden y qué revisar para no pagar de más ni fuera de plazo.

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Checklist del 20 de julio: cierra el 2.º trimestre sin sustos

Puntos clave

  • El plazo de los modelos trimestrales del 2T 2026 vence el lunes 20 de julio. Con domiciliación bancaria, la presentación se adelanta al miércoles 15 de julio.
  • Qué presentas depende de quién eres: estimación directa → 303 + 130; módulos → 303 + 131; si pagas nóminas o facturas de profesionales con retención → 111; si pagas alquiler de local urbano → 115; con operaciones intracomunitarias → 349.
  • El modelo 202 (pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades) NO se presenta en julio: sus plazos son abril, octubre y diciembre. Lo que toca a las SL este mes es la declaración anual del IS (modelo 200), del 1 al 27 de julio de 2026.
  • Aunque el 130 salga a cero o negativo, si estás obligado tienes que presentarlo. No hacerlo es infracción (art. 198 LGT): 200 EUR, reducidos a 100 EUR si lo presentas antes de que Hacienda te requiera.
  • Presentar fuera de plazo sin requerimiento previo tiene recargo del 1% más un 1% por cada mes completo de retraso (art. 27 LGT); pasados 12 meses, 15% más intereses de demora.
  • Tipos de retención 2026 (cuadro oficial AEAT): actividades profesionales 15% (7% en el año de inicio y los dos siguientes); alquiler de inmuebles urbanos 19%; módulos 1%.
Contenidos

El 20 de julio no es una lección de fiscalidad. Es una fecha límite. Este trimestre cierra en lunes, y lo que necesitas no es entender el IVA desde cero: es una lista de lo que presentas, en qué orden, y qué revisar para no pagar de más ni llegar tarde.

Esta guía es el paraguas del cierre del segundo trimestre. Cada modelo tiene su propia guía a fondo —enlazadas donde toca— pero aquí está el mapa completo en una página, para que el lunes por la mañana no te falte nada.

El plazo, en una frase

El plazo de presentación de los modelos trimestrales del segundo trimestre de 2026 (abril, mayo y junio) vence el lunes 20 de julio de 2026. En 2026 el 20 cae en día hábil, así que no hay traslado: es el 20, en firme.

Dos fechas, entonces. Escríbelas: 15 de julio si domicilias, 20 de julio si pagas por tu cuenta.

Qué presentas según quién eres

Aquí está el 90% de las dudas de julio. No todos presentan lo mismo: depende de tu régimen y de si retienes a alguien. Esta es la tabla de decisión rápida.

Si eres…Presentas en julio
Autónomo en estimación directa (normal o simplificada)303 (IVA) + 130 (pago fraccionado IRPF)
Autónomo en módulos (estimación objetiva)303 (IVA) + 131 (pago fraccionado IRPF)
Pagas nóminas o facturas de profesionales con retención111 (retenciones de IRPF)
Pagas alquiler de local (inmueble urbano) con retención115 (retenciones del alquiler)
Haces operaciones intracomunitarias349 (declaración recapitulativa)
Eres una SL (sociedad)Los trimestrales que te apliquen + el 200

Un par de matices que evitan errores caros:

Estimación directa → 303 + 130

Si facturas con IVA, presentas el 303. Si estás en estimación directa y no estás exento por la regla del 70%, presentas también el 130. La mecánica casilla por casilla de cada uno está en la guía del modelo 303 y en la guía del modelo 130.

Módulos → 303 + 131

Si tributas en estimación objetiva, tu pago fraccionado del IRPF va en el 131, no en el 130. Es el error de casillero más común: el 130 y el 131 no son intercambiables.

Si retienes → 111 (y el 115 es aparte)

El 111 lo presenta cualquier organización que retenga IRPF sobre nóminas o sobre facturas de profesionales, tenga el tamaño que tenga. No es un modelo exclusivo del autónomo: quién está obligado y qué va en cada casilla está en la guía del modelo 111.

Sociedad (SL) → trimestrales + el 200 (ojo: el 202 no es en julio)

Una SL presenta los mismos trimestrales que le apliquen (303, 111, 115, 349, y el 123 si repartió dividendos o pagó intereses). Pero su cita grande de julio no es el modelo 202. El 202 —pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades— se presenta en abril, octubre y diciembre, no en julio. Lo que toca a las sociedades este mes es la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades, el modelo 200, cuyo plazo para las entidades con ejercicio igual al año natural es del 1 al 27 de julio de 2026 (el 25 cae en sábado). Lo tienes en el calendario fiscal 2026.

El checklist, en orden

El orden importa: si generas los modelos antes de cuadrar los números, los generas mal. Sigue estos pasos.

Los tres primeros pasos son el 80% del trabajo. Si tu facturación ya vive en un software, esos números están calculados y el resto es trámite. Si vive en un Excel, aquí es donde se va la mañana.

Los 4 errores que cuestan dinero un 20 de julio

1. Deducir IVA soportado sin factura completa. Un tique de gasolina o una factura simplificada sin tus datos no da derecho a deducir el IVA. Revisa que cada gasto que te deduces tenga factura completa antes de meterlo en el 303. Repasar los gastos deducibles del trimestre antes de presentar evita el requerimiento después.

2. No presentar el 130 porque “sale a cero”. Si estás obligado, el 130 se presenta aunque el resultado sea cero o negativo. No presentarlo es una infracción (art. 198 LGT): 200 EUR, o 100 si lo presentas tú antes de que te lo reclamen. Presentar a cero es gratis; no presentar, no.

3. Domiciliar tarde. Si esperas al día 18 pensando que domicilias, ya no puedes: la domiciliación cerró el 15. Te queda pagar con NRC hasta el 20, pero solo si te da tiempo a generar el pago. Cada julio hay quien descubre esto el día 17.

4. No compensar el saldo de IVA a tu favor. Si el trimestre anterior te salió negativo, ese saldo se arrastra y compensa en este. Olvidarlo significa ingresar de más este trimestre y esperar a fin de año para recuperarlo. Una buena conciliación bancaria hace que el arrastre no se te escape.

Después del 20: qué queda para octubre

Presentado el 2T, el siguiente hito trimestral es el 20 de octubre de 2026 (que cae en martes), con el mismo juego de modelos para el 3T. La foto anual —el 390 de IVA, el 190 de retenciones, la Renta— la tienes ordenada en el calendario fiscal 2026. No hay que memorizarlo: hay que tenerlo a la vista.

Cómo Frihet te lleva al 20 sin buscar números

La razón por la que el 20 de julio da vértigo no es la fiscalidad: es tener que reconstruir los números el día 19. Con Frihet, cada factura que emites y cada gasto que registras alimentan el cálculo en tiempo real.

Llegas al 20 de julio con el trimestre hecho, no buscándolo. Si quieres una foto rápida antes de sentarte, la calculadora de impuestos y la estimación de impuestos trimestrales te dan el número en un minuto.

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Preguntas frecuentes

¿Y si el 20 de julio cae en fin de semana?

En 2026 no ocurre: el 20 de julio es lunes, así que el plazo no se traslada. La regla general es que, cuando el último día del plazo cae en sábado, domingo o festivo, el vencimiento pasa al primer día hábil siguiente. Antes de dar una fecha por definitiva, confirma siempre el calendario del contribuyente de la AEAT del mes concreto.

¿Puedo domiciliar el pago el día 19?

No. Para domiciliar necesitas presentar la autoliquidación hasta el miércoles 15 de julio (cinco días naturales antes del fin del plazo). Entre el 16 y el 20 todavía puedes presentar, pero pagando tú por tu cuenta con NRC; ya no puedes domiciliar.

¿Presento el modelo 130 si me sale a cero o negativo?

Sí, si estás obligado. Cualquier autónomo en estimación directa que no esté exento por la regla del 70% debe presentar el 130 cada trimestre aunque no haya nada que ingresar. Que el resultado sea cero o negativo no te libra de presentarlo: no hacerlo es una infracción (art. 198 LGT), con multa fija de 200 EUR (100 EUR si lo presentas tú antes de que Hacienda te requiera).

¿Qué pasa si presento fuera de plazo?

Si presentas por tu cuenta, antes de que Hacienda te requiera, se aplica un recargo del 1% más un 1% adicional por cada mes completo de retraso, sin intereses ni sanción (art. 27 LGT). Pasados doce meses, el recargo es del 15% y se suman intereses de demora. Si es Hacienda quien te requiere primero, deja de ser un recargo y pasa a ser una sanción, más cara.

¿El IVA se compensa o se pide devolución?

Durante el año, si el 303 del trimestre sale negativo (soportaste más IVA del que repercutiste), ese saldo se compensa en los trimestres siguientes. La devolución, con carácter general, solo se solicita en el último trimestre (el 4T, que se presenta en enero), salvo que estés inscrito en el régimen de devolución mensual (REDEME).

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