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Modelo 420

Autoliquidación trimestral del IGIC en el régimen general, que presentan ante la Agencia Tributaria Canaria los sujetos pasivos del impuesto. Se presenta en los veinte primeros días tras cada trimestre y durante todo el mes de enero para el cuarto.

Aplica a: España Actualizado: Revisión editorial: pendiente

Qué es

El modelo 420 es la autoliquidación del IGIC, el impuesto indirecto de las Islas Canarias. Cada trimestre el empresario suma el IGIC repercutido, resta el soportado deducible y declara la diferencia a la Agencia Tributaria Canaria (ATC). Es el equivalente canario del modelo 303 del IVA.

Quién lo presenta

Según la ATC, lo presentan con carácter general los sujetos pasivos del IGIC en régimen general, salvo que estén obligados u hayan optado por llevar los libros registro del IGIC en la sede de la ATC mediante el Suministro Inmediato de Información (SII). También lo presentan quienes están en algunos regímenes especiales: bienes usados, objetos de arte y antigüedades, y agencias de viajes.

Plazos

El periodo es trimestral y la presentación se hace en los primeros veinte días del mes siguiente: del 1 al 20 de abril, julio y octubre. El mes de enero, que corresponde al cuarto trimestre, se puede presentar entero, del 1 al 31. Con domiciliación bancaria el plazo se acorta a los primeros quince días del mes, y en enero a los primeros veinte. Si el último día es inhábil, el plazo pasa al siguiente día hábil, y el de domiciliación se amplía en los mismos días.

Cómo se presenta

La presentación es telemática, salvo para las personas físicas cuya única actividad sea el arrendamiento de inmuebles con un volumen de operaciones que no superó los 50.000 euros el año anterior. El programa de ayuda de la ATC genera un fichero con extensión .dec, que se carga después en la sede electrónica; presentarlo por el registro electrónico general no tiene validez y se tiene por no presentado. El modelo admite presentación colectiva de hasta 20 autoliquidaciones en los supuestos que fija la ATC.

Errores frecuentes

  • Confundir los plazos del 420 con los del 303: el cuarto trimestre del IGIC se presenta durante todo enero, no hasta el 30.
  • Presentarlo por el registro electrónico general.
  • Incluir en el 420 operaciones localizadas fuera de Canarias, que llevan IVA.
  • Calcular con un tipo de IGIC desfasado.
  • No contar con el plazo más corto cuando se elige domiciliación.

Cómo lo trata Frihet

Frihet calcula una vista previa del modelo 420 a partir de tus facturas y gastos y genera el fichero .dec en el formato de la ATC, validado contra su esquema; incluye las operaciones con inversión del sujeto pasivo. No presenta el modelo: cargas tú el fichero en la sede de la ATC o lo hace tu asesor.

Fuentes primarias